SUBVENCIONES DESTINADAS AL APOYO AL EMPRENDIMIENTO EN MÁLAGA
1) Objeto: Financiación de la cuota del RETA o de la mutualidad del colegio profesional alternativo.
2) Cuantía: coste total de la cuota del RETA o de la mutualidad alternativa del año 2016, con una cuantía máxima a conceder de 2.500€.
3) Requisitos:
· Personas físicas que residan y tengan su actividad económica puesta en marcha en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga a partir del 1 de enero de 2013 y permanezcan de alta en el momento de presentación de la solicitud.
· Las que no teniendo su actividad económica puesta en marcha presenten una memoria explicativa de la actividad a emprender en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga y declaración jurada de la intención de alta, la cual deberán acreditar en el plazo de 10 días naturales desde la publicación de la resolución provisional.
4) Plazo de presentación: hasta el día 23 de octubre inclusive.
5) Documentación: originales o fotocopias de:
a. Solicitud completa de subvención, debidamente completada y firmada
(anexo I)
b. DNI, o NIE y pasaporte en caso de extranjeros comunitarios.
c. Memoria explicativa de la actividad (anexo II)

d. Declaración de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones legalmente establecidas para obtener la condición de persona beneficiaria de la subvención (anexo III)

e. Autorización para que la Diputación de Málaga pueda interesar de cualquier Administración Pública, certificación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad Social (anexo IV)
f. Volante o Certificado de empadronamiento actualizado. En caso que el solicitante tenga descendientes a su cargo: libro de familia y certificado de empadronamiento de la unidad familiar.
g. Acreditación de la actividad económica:
· Si el solicitante se halla dado de alta: 037 y Resolución de alta en RETA o en la mutualidad correspondiente/DUE más el último recibo abonado del RETA o mutualidad
· Si el solicitante no se halla de alta: Declaración jurada de la intención de alta (anexo V)
h. En los casos que proceda:
· Certificado de discapacidad.
· Informe emitido por un servicio público justificativo de la situación, en caso de ser víctima de violencia de género.
i. En caso que el solicitante tenga descendientes con los que conviva:
· Fotocopia del libro de familia
· Certificado de empadronamiento colectivo
j. En caso de tener personal contratado por 20 horas o más, contrato-s de trabajo-s y los últimos TC1 y TC2 pagados.
6) Criterios de valoración: las solicitudes valoradas podrán alcanzar un máximo de 13 puntos:

A. Número de habitantes del municipio de realización de la actividad:
a. Municipios menores de 2.000 habitantes: 4 puntos
b. Municipios entre 2.001 y 5.000 habitantes: 3 puntos
c. Municipios entre 5.001 y 10.000 habitantes: 2 puntos
d. Municipios entre 10.001 y 20.000 habitantes: 1 puntos
Si no se detalla el lugar de realización de la actividad se valorará el de residencia.
B. Pertenencia del solicitante a algunos de los siguientes colectivos preferentes:
a. Víctima de violencia de género: 1 punto
e. Jóvenes menores de 30 años a la fecha de publicación de la convocatoria: 1 punto
f. Personas mayores de 45 años a la fecha de publicación de la convocatoria: 1 punto
g. Personas con una discapacidad igual o superior al 33%: 1 punto
h. Si el solicitante tiene descendientes con los que convive: 1 punto
i. Creación de al menos 1 puesto de trabajo de al menos 20 horas semanales: 1 punto
j. Carácter innovador y creativo de la actividad: 2 puntos
k. Innovación social de la actividad: 2 puntos
Si no hubiese presupuesto suficiente para atender a todas las solicitudes, se concederá la ayuda a las que hayan obtenido mayor puntuación, aplicándose los siguientes criterios de desempate:
· Que la solicitud no haya requerido subsanación de defectos.

· Haber obtenido mayor puntuación a causa del municipio de desarrollo de la actividad.

· Orden de entrada de la solicitud en Registro.
· Número de entrada al Registro de la Diputación.
7) Resolución: El plazo máximo 31 de Diciembre.
8) Obligaciones:
a) Mantener de forma ininterrumpida su alta en RETA o mutualidad alternativa hasta el 31 de Diciembre de 2016.
b) Facilitar información sobre el desarrollo de la actividad y justificar la finalidad de la subvención.
c) Justificar la aplicación de los fondos recibidos
d) Las establecidas en la normativa aplicable con carácter general en materia de subvenciones.
9) Justificación de la subvención: desde el 1 de Enero al 31 de Marzo de 2017:
a) Justificantes de pago de enero a diciembre de 2016 de las cuotas de Reta o de la mutualidad junto con la relación de la cuenta justificativa (anexo VII)
b) Certificado de la entidad financiera, donde se halla efectuado el pago de la subvención, al objeto de manifestar los rendimientos financieros generados o no por el pago de la misma.
c) Certificado de que el importe de la subvención aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones no supera el importe de la subvención concedida (anexo VIII).

d) Declaración responsable de que el importe de la subvención se ha destinado al proyecto y de que los gastos corresponden a la realización de dicha actividad. (anexo IX)
e) Declaración de la custodia de la documentación justificativa original (anexo X)
f) Memoria explicativa firmada y fechada justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la resolución de concesión.
g) Las que se exijan con carácter general.