El artículo 41.2 del reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, establece que dentro del primer trimestre de cada ejercicio, el Ministerio Hacienda y Administraciones Públicas elevará informe detallado a la Comisión Nacional de Administración Local, de la deuda viva, a 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior, de cada entidad local, en términos agregados y expresados en euros.
Esta información se encuentra disponible en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Esta información se obtiene partiendo de la información contenida en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) relativa al Subsector Local y al Inventario de Entes del Sector público local.
Se entiende por Deuda viva al importe de la deuda concertada por la entidad local pendiente de amortizar a 31 de diciembre del año indicado. Se computa el importe de todas las operaciones tenidas en cuenta a efectos de la tutela financiera (préstamos, avales…) No se computan las operaciones de tesorería concertadas con objeto de hacer frente a desfases transitorios entre cobros y pagos.
Año
a 31 de diciembre Importe deuda viva (Miles de €)
2009 ————————————— 261
2010 —————————————-246
2011—————————————– 258
2012 —————————————-260
2013 —————————————-238
2014 —————————————–172